LINEA DE TIEMPO DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS
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ESTUDIOS SOCIALES INDENJ
domingo, 28 de septiembre de 2014
sábado, 23 de agosto de 2014
domingo, 10 de agosto de 2014
miércoles, 28 de mayo de 2014
FORO PARA LA CONCERTACION ECONOMICA Y SOCIAL.
A. Objetivo del Foro
Se creará un Foro, con la participación igualitaria de los sectores gubernamentales, laboral y empresarial, con el objeto de lograr un conjunto de amplios acuerdos tendientes al desarrollo económico y social del país, en beneficio de todos sus habitantes. La Concertación será un esfuerzo sostenido, por fases, teniendo en cuenta que se trata de lograr acuerdos a ser aplicados de inmediato para lograr la estabilización, otros para atacar los problemas económicos y sociales que se habrán de derivar de la finalización del conflicto y otros propios de la reconstrucción.
Entre otros aspectos, el Gobierno propondrá al Foro de Concertación Económica y Social la revisión del marco legal en materia laboral para promover y mantener un clima de armonía en las relaciones de trabajo, sin detrimento de los sectores desempleados y del público en general. También propondrá el análisis de la situación de las comunidades marginales urbanas y suburbanas con miras a proponer soluciones a los problemas derivados del conflicto armado de los últimos años. En términos generales, el Foro será el mecanismo para concertar medidas que alivien el costo social del programa de ajuste estructural.
B. La instalación del Foro
COPAZ convocará por primera vez la instalación del Foro de Concertación Económico y Social, en un plazo no mayor a un mes después de haberse firmado el presente acuerdo.
C. Composición y representación del Foro
La composición y representación sectorial y gubernamental en el Foro, se conformará de la siguiente manera:
a. El GOES tendrá representación de alto nivel, con capacidad de tomar decisiones en lo económico y social.
b. Para la representación de los sectores laboral y empresarial, se convocará a las organizaciones que revelen la mayor representatividad.
Además, podrá abrirse a la participación de otros sectores sociales y políticos en calidad de observadores, en las condiciones que el mismo Foro determinará.
D. Atribuciones del Foro
El mismo foro definirá su estructura operativa y las temáticas de discusión y concertación. Los sectores representados en el Foro tendrán iguales derechos y dispondrán de las mismas condiciones para la presentación de sus planteamientos.
Para garantizar la efectividad de los acuerdos que por consenso resultaren del Foro, el Gobierno de El Salvador se compromete a emitir, modificar o derogar, los decretos o normas de su competencia y a presentar iniciativas pertinentes a los otros Organos de Estado.
E. Secretaría del Foro
El mismo Foro designará una secretaría que le brinde apoyo técnico y asegure la continuidad de sus labores.
martes, 27 de mayo de 2014
RECONSTRUCCION NACIONAL EN EL SALVADOR DESPUES DE LA GUERRA.
La firma de los acuerdos de paz, marcan el inicio de un proceso de pacificación total en El Salvador, proceso en el que se deberá al mediano y largo plazo, concretizar condiciones para la reconstrucción de todo aquello que se vio afectado por los casi doce años de conflicto.
Para llevar a cabo tan importante tarea, los acuerdos de paz hacen referencia a un Plan de Reconstrucción Nacional (PRN), el cual ya ha elaborado el gobierno del Presidente Cristiani, y que según el espíritu de los mismos, deberá posibilitar mejores condiciones sociales económicas y políticas del país de cara a una nueva realidad.
Con el presente capítulo, se pretende analizar el Plan de reconstrucción Nacional versión preliminar y sobre todo su última versión, Marzo de 1992. Se hace énfasis más que todo a la versión de marzo porque ésta recibió el apoyo de la mayoría de países del grupo consultivo del Banco Mundial, en el sentido de hacer efectiva la ayuda económica para la reconstrucción del país. Tomando en consideración que el Gobierno de El salvador, remarcó la necesidad de priorizar los aspectos sociales y económicos dentro del Plan de reconstrucción, del PRN versión Marzo 1992 se analizarán sus aspectos fundamentales, objetivos generales y específicos, el marco institucional para su implementación, la población y territorios que se atenderán con la puesta en marcha de su proyecto, así como las modalidades de participación ciudadana que el Plan propone
Objetivos del Plan de Reconstrucción Nacional.
Se plantea la necesidad del estudio de los objetivos generales y específicos del Plan de Reconstrucción, partiendo del análisis y comparación de los mismos con la realidad en lo que se refiere a la etapa de contingencia del Plan, como período central de nuestro estudio. EL PRN, plantea como objetivo central “la creación de condiciones que faciliten la unidad nacional, mediante las bases que fortalezcan el proceso de reconciliación nacional y la creación de condiciones económicas y sociales para la reintegración de los miembros de la sociedad mayormente afectada por el conflicto. 72/
De igual manera, plantea como objetivo específico lo siguiente:
a. Facilitar la reintegración a la vida civil y productiva de los excombatientes y la población mayormente afectada por el conflicto;
b. Mejorar las condiciones sociales, económicas y ambientales de las áreas geográficas mayormente afectadas por el conflicto;
c. Reconstruir la infraestructura básica, social y productiva, dañada o destruida durante el conflicto; y
d. Promover la participación solidaria de todos los sectores de la vida nacional en el esfuerzo de la reconstrucción nacional.
Al analizar tales objetivos se nos presenta una dualidad entre que es la letra espíritu de los mismos y la realidad. Porque, mientras se propone buscar condiciones de armonía, realmente esta, aun se ve muy lejana; ya que las medidas que se están implementando son solamente paliativosa los problemas de fondo.
La firma de los acuerdos de paz, marcan el inicio de un proceso de pacificación total en El Salvador, proceso en el que se deberá al mediano y largo plazo, concretizar condiciones para la reconstrucción de todo aquello que se vio afectado por los casi doce años de conflicto.
Para llevar a cabo tan importante tarea, los acuerdos de paz hacen referencia a un Plan de Reconstrucción Nacional (PRN), el cual ya ha elaborado el gobierno del Presidente Cristiani, y que según el espíritu de los mismos, deberá posibilitar mejores condiciones sociales económicas y políticas del país de cara a una nueva realidad.
Con el presente capítulo, se pretende analizar el Plan de reconstrucción Nacional versión preliminar y sobre todo su última versión, Marzo de 1992. Se hace énfasis más que todo a la versión de marzo porque ésta recibió el apoyo de la mayoría de países del grupo consultivo del Banco Mundial, en el sentido de hacer efectiva la ayuda económica para la reconstrucción del país. Tomando en consideración que el Gobierno de El salvador, remarcó la necesidad de priorizar los aspectos sociales y económicos dentro del Plan de reconstrucción, del PRN versión Marzo 1992 se analizarán sus aspectos fundamentales, objetivos generales y específicos, el marco institucional para su implementación, la población y territorios que se atenderán con la puesta en marcha de su proyecto, así como las modalidades de participación ciudadana que el Plan propone
Objetivos del Plan de Reconstrucción Nacional.
Se plantea la necesidad del estudio de los objetivos generales y específicos del Plan de Reconstrucción, partiendo del análisis y comparación de los mismos con la realidad en lo que se refiere a la etapa de contingencia del Plan, como período central de nuestro estudio. EL PRN, plantea como objetivo central “la creación de condiciones que faciliten la unidad nacional, mediante las bases que fortalezcan el proceso de reconciliación nacional y la creación de condiciones económicas y sociales para la reintegración de los miembros de la sociedad mayormente afectada por el conflicto. 72/
De igual manera, plantea como objetivo específico lo siguiente:
a. Facilitar la reintegración a la vida civil y productiva de los excombatientes y la población mayormente afectada por el conflicto;
b. Mejorar las condiciones sociales, económicas y ambientales de las áreas geográficas mayormente afectadas por el conflicto;
c. Reconstruir la infraestructura básica, social y productiva, dañada o destruida durante el conflicto; y
d. Promover la participación solidaria de todos los sectores de la vida nacional en el esfuerzo de la reconstrucción nacional.
Al analizar tales objetivos se nos presenta una dualidad entre que es la letra espíritu de los mismos y la realidad. Porque, mientras se propone buscar condiciones de armonía, realmente esta, aun se ve muy lejana; ya que las medidas que se están implementando son solamente paliativosa los problemas de fondo.
lunes, 26 de mayo de 2014
CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA
El Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), es un organismo de control estatal de El Salvador (es decir que no depende de ninguno de los tres poderes del estado), creado por la Constitución de El Salvador, vigente desde 1983, y reformado a partir de los Acuerdos de Paz de Chapultepec en 1992.1
El Consejo Nacional de la Judicatura, es el encargado de seleccionar, evaluar y capacitar los candidatos para magistrados de la Corte Suprema de Justicia; así como los candidatos para magistrados de las Cámaras de Segunda Instancia y los jueces de los Juzgados de Primera Instancia y los Juzgados de Páz
El Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), es un organismo de control estatal de El Salvador (es decir que no depende de ninguno de los tres poderes del estado), creado por la Constitución de El Salvador, vigente desde 1983, y reformado a partir de los Acuerdos de Paz de Chapultepec en 1992.1
El Consejo Nacional de la Judicatura, es el encargado de seleccionar, evaluar y capacitar los candidatos para magistrados de la Corte Suprema de Justicia; así como los candidatos para magistrados de las Cámaras de Segunda Instancia y los jueces de los Juzgados de Primera Instancia y los Juzgados de Páz
Reseña Histórica |
Escrito por Webmaster | |
viernes, 04 de abril de 2008 09:57 | |
El
Consejo Nacional de la Judicatura tiene su origen en la Constitución de
la República de 1983 como apoyo a la Corte Suprema de Justicia. Sin
embargo, comenzó a funcionar en el año de 1990. La primera Ley del
Consejo Nacional de la Judicatura fue dictada, mediante Decreto
Legislativo Nº 348 del 5 de octubre de 1989, publicado en el Diario
Oficial Nº 305, del 20 de octubre de 1989. Su vigencia fue únicamente de
dos años, debido a que no reunía las características que previó el
legislador constituyente, pues éste creo al Consejo como una institución
auxiliar o una dependencia de la Corte Suprema de Justicia, máxima
autoridad dentro del Órgano Judicial. |
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